
|
La
asociación de madres y padres de la escuela es uno de los entornos de más
importantes. Además de
lo establecido en el Real
Decreto 1552/1986 de 11 de julio son sus funciones: · Planificar la participación en las comisiones que se establezcan para organizar las actividades complementarias aprobadas en el Plan Anual. · Cooperar en las comisiones de trabajo que se formen para la elaboración de documentos en las que el Consejo Escolar delegue. · Organizar la atención de niños y niñas cuando hay reuniones de familias en el centro. ·
Promover la
participación de las familias en la planificación de las actividades
complementarias que vayan a llevarse a cabo. REAL DECRETO QUE DEFINE LAS FUNCIONES DE LAS ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES Art. 85. 1.
En las escuelas de educación infantil y en los colegios de educación
primaria podrán existir las asociaciones de padres de alumnos reguladas en
el Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio. 2. Las
asociaciones de padres de alumnos podrán: a) Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual. b) Informar
al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que
consideren oportuno. c) Informar
a los padres de su actividad. d) Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho Consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.
e) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a
petición de éste. f) Elaborar
propuestas de modificación del Reglamento de régimen interior.
g) Formular
propuestas para la realización de actividades complementarias que, una vez
aceptadas, deberán figurar en la programación general anual.
h) Conocer
los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el
Consejo escolar. i) Recibir
un ejemplar del proyecto educativo, del proyecto curricular de etapa y de
sus modificaciones. j) Recibir
información sobre los libros de texto y los materiales didácticos
adoptados por el centro. k) Fomentar
la colaboración entre los padres y los maestros del centro para el buen
funcionamiento del mismo. l) Disponer de las instalaciones del centro en los
términos que establezca el Consejo Escolar. |

E.I. Lope de Vega 2007 | Derechos reservados